Debido a causas ajenas al Servicio de Rentas Internas que han generado intermitencias en su plataforma tecnológica, mediante RESOLUCIÓN Nro. NAC-DGERCGC21-00000034 se amplían los plazos para la presentación de anexos y declaraciones de aquellos contribuyentes cuyo noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) sea 1, 2, 3 o 4, quienes por única vez podrán cumplir dichas obligaciones según el siguiente calendario:
La RESOLUCIÓN Nro. NAC-DGERCGC21-00000034 entra en vigor a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial y en la Gaceta Tributaria.