Search
Close this search box.

Cambio Masivo del IVA en los Artículos

Actualizado el 25 marzo, 2024 12:03:34

En Ecuador existe un IVA Diferenciado que el gobierno establece que puede ser utilizado en ciertos días del año exclusivamente para las actividades del sector turístico.

Esto hace que si tenemos ingresados en nuestro Sistema de Facturación Electrónica una cantidad considerable de artículos, sea un poco problemático el realizar dicha variación entrando uno por uno a la ficha de los productos que vendemos.

Para facilitar el proceso de cambio masivo del IVA en los artículos, se ha introducido a partir de la versión 0.7.792 del Sistema de Facturación Electrónica una nueva funcionalidad que explicamos paso a paso en este artículo.

Iniciando la funcionalidad

Para iniciar, seguimos el recorrido indicado en la siguiente captura de pantalla.

Si hemos hecho lo indicado, se nos muestra la ventana Cambio IVA Artículos, desde la cual realizaremos la operación de cambio masivo del IVA.

En el cuadro combinado Código IVA origen, seleccionamos el IVA que actualmente tienen los artículos que vamos a modificar.

En el cuadro combinado Código IVA destino en cambio indicamos el código IVA que vamos a atribuir a los artículos.

En la siguiente captura de pantalla, se nos muestra un ejemplo, en donde se pasará del código IV12 al código IV15.

Si no deseamos cambiar el precio de venta al público y preferimos que sea el IVA el que cambie, debemos marcar la casilla de verificaciónmantener el precio de venta“.

En las columnas sombreadas con colores diferentes se indican los valores y el cambio que estos sufrirán como consecuencia del cambio del IVA.

Para proceder con el cambio, presionamos el botón Registrar Cambios

Antes de proceder se nos pide que confirmemos la operación.

Respondemos SI para continuar.

Recibiremos un mensaje de confirmación de los cambios realizados.

Recuerde que este proceso tiene efecto en modo sucesivo al cambio, es decir, no tiene efectos retroactivos.

Es importante estar atentos a la normativa y su vigencia cada vez que realicemos cambios en el IVA, ya sea por una reducción o un aumento.

Sobre el mismo argumento...

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Más leídos (últimos 30 días)

Archivo

2024

Argumentos